CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

1. El presente documento viene a recoger las Condiciones Generales de Compras y Servicios bajo las cuales se regirá toda relación contractual entre GES y la otra parte (proveedor, subcontratista, cliente, etc.).

2. Cualquier modificación o alteración de las presentes Condiciones Generales deberá constar en documento contractual específico o en condiciones particulares, las cuales deberán constar por escrito y estar firmadas por las partes intervinientes.

3. Las presentes Condiciones Generales constituirán, junto con los contratos, órdenes de compra, condiciones particulares, y demás documentos legales, los Documentos Contractuales a los que se someterá todo relación contractual entre GES y los Proveedores/Subcontratistas a partir del 8 de Mayo de 2020.

4. Serán ineficaces cualquier condición o especificación que el proveedor pueda incluir y que sea contradictoria con estas condiciones.


2. ÓRDENES DE COMPRA (PO)

1. Las Órdenes de Compra constituyen una parte de la Documentación Contractual, en ellas se formaliza la intención de GES de adquirir los bienes y/o servicios en él citados al Proveedor o Subcontratista, en los exactos términos recogidos en el mismo y en los Documentos Contractuales que le sean aplicables.

2. La aceptación de una Orden de Compra por el Proveedor o Subcontratista implica el pleno conocimiento y acuerdo sin reservas o limitaciones al respectivo contenido y al de los restantes Documentos Contractuales aplicables.

3. La aceptación de una Orden de Compra debe confirmarse por escrito a GES en el plazo indicado en el propio Pedido de Compra o, a falta de indicación, en el plazo de cinco días hábiles contados desde su recepción. En caso contrario la Orden de Compra no tendrá validez.

4. Únicamente no será preceptiva la emisión de una PO en aquellas “Change Orders” que su importe fuera inferior al 3% del precio total contractual. En estos casos se recogerán en una única PO, todas las “Change Orders”  por importe inferior al 3% hasta llegar al citado importe.

 

3. JERARQUÍA NORMATIVA

1. En todo lo no expresamente regulado en Contrato, PO y condiciones particulares de éstas, serán de aplicación las presentes Condiciones Generales de contratación. Siempre primaran sobre las Condiciones Generales de Contratación y/o compra del Proveedor/Subcontratista.

 

4. OBLIGACIONES GENÉRICAS DEL PROVEEDOR/SUBCONTRATISTA

1. El Proveedor/Subcontratista se obliga a:

  • Cumplir toda la Legislación, Normativas y Reglamentos aplicables a la actividad que ejerce y, en particular, al suministro/ejecución de los bienes y/o servicios contratados.
  • Obtener y mantener en vigor todas las autorizaciones, permisos, licencias y otras formalidades necesarias para el ejercicio de su actividad en general y las que sean aplicables para el suministro/prestación de servicio en particular.
  • Cumplir y hacer cumplir por todo el personal participante en el suministro/prestación de servicios todas las reglas laborales y reglamentarias aplicables en materia de seguridad, higiene y salud en el trabajo, así como asegurar las adopciones de todas las prácticas ambientales y de sostenibilidad exigidas por la ley, por regulación general y por las normas específicas de GES.
  • El Subcontratista/Proveedor exonera a GES de toda clase de responsabilidad que pudiera corresponderle como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones como patrono, dimanantes de la adscripción a la Seguridad Social, Mutualismo laboral, accidentes de trabajo, sanciones y multas.
  • Asegurar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la seguridad social. El hecho de no presentar la documentación acreditativa de encontrarse al corriente en el pago de los salarios, seguridad social y todas sus obligaciones tributarias conllevara que el pago de la certificación quede en suspenso hasta que se subsane la prestación de toda la documentación. Estos hechos podrán además ser causa de resolución de contrato.
  • Mantener suscritos todos los seguros obligatorios por ley y los seguros necesarios para el desarrollo de su actividad y aquellos requeridos en cada caso.

2. Medios humanos aportados por el Proveedor/Subcontratista:

  • Los colaboradores a los que recurra el Proveedor/Subcontratista para la ejecución del suministro quedarán sujetos a la supervisión, dirección y autoridad del Proveedor/Subcontratista, por lo que este se compromete a asegurar el cumplimento de toda la Legislación, Normativas y Reglamentos  aplicables a la relación que establezca con estos colaboradores, concretamente las referentes a la entrada y permanencia de extranjeros en el territorio de la jurisdicción aplicable al pedido, siendo el único y absoluto responsable de las obligaciones que para la misma resulten de la legislación aplicable.
  • La inobservancia de las obligaciones descritas en el párrafo anterior conllevará a la imposición de las penas recogidas en la cláusula 11.1.

3. Salvo autorización expresa por escrito de GES, se prohíbe la subcontratación total o parcial, así como la cesión del mismo, tanto parcial como totalmente.
4. El Proveedor/Subcontratista asumirá total responsabilidad extracontractual por todos y cualesquiera perjuicios, patrimoniales y no patrimoniales, causados por él, por sus colaboradores y por sus Subcontratistas a GES, a sus colaboradores,  a sus clientes, a sus empleados y/o a cualesquiera terceros.
5. En supuesto de que el Proveedor/Subcontratista incumpla cualquiera de sus obligaciones, GES tendrá derecho a incorporar a otro Subcontratista alternativo, asegurando así que la ejecución de la obra no se interrumpa, con independencia de las reclamaciones judiciales que pueda dirigir contra el Proveedor /Subcontratista. GES estará legitimado a repercutir al Proveedor/Subcontratista los costes del Subcontratista/Proveedor alternativo contratado para hacer las actividades inicialmente contratadas con estos.
6. El Proveedor/Subcontratista tiene la obligación de mantener el estado de limpieza que será revisado al final de cada jornada, siendo por ello necesario retirar a los lugares que se destinen para ello los embalajes, materiales sobrantes y cualquier tipo de residuo, cumpliendo en todo momento el Plan de Seguridad y la Normativa vigente.

 

5. EJECUCIÓN DEL SUMINISTRO

1. El Proveedor/Subcontratista se obliga a ejecutar el suministro/prestación de servicios en conformidad con todos los requisitos, especificaciones técnicas y anexos, en las cantidades acordadas y dentro de los plazos contratados.

2. El Proveedor/Subcontratista comunicará a GES en un tiempo razonable cualquier circunstancia que pueda dificultar o condicionar el cumplimento íntegro y puntual del suministro/prestación de servicios.

3. El Proveedor/Subcontratista, salvo autorización expresa por escrito de GES, no podrá subcontratar total o parcialmente los trabajos/suministros acordados ni la cesión del mismo, tanto parcial como total.

4. El Proveedor/Subcontratista no está autorizado a realizar entregas o ejecuciones parciales, salvo que haya sido aprobado por escrito por GES. En este caso, el cumplimiento del contrato no se entenderá efectuado hasta su ejecución total. Los bienes tendrán que ser suministrados con los certificados acordados entre GES y el Proveedor/Subcontratista al momento de la negociación y con los resultados correspondientes. De otro modo, GES estará facultado para rechazar su aceptación.

5. En caso de conflicto entre los estándares técnicos o regulatorios o la legislación aplicable, el Proveedor/Subcontratista deberá cumplir con el estándar más exigente y en caso de que no pudiese determinarse, aquel que indique GES.

 

6. ENTREGA

1. La entrega se realizará en el plazo y lugar que expresamente figure en cada pedido o condiciones particulares.

2. Cuando sea aplicable, todos los suministros deberán estar acompañados de albarán o documento equivalente, con la información legal exigida para este efecto e identificación del Pedido de Compra correspondiente, así como de la documentación técnica que se deba entregar a GES.

3. La inobservancia de los plazos, cuando sean imputables al Proveedor/Subcontratista, concederá a GES derecho para:

  • Considerar en firme el pedido aplicando al Proveedor/Subcontratista el 2% de penalización sobre el importe de los productos con atraso, por cada semana completa de retraso con un límite del 20% del total del pedido, pudiendo repercutir indemnización en el caso de que la demora haya producido perjuicios a GES. El importe máximo de dicha indemnización será el monto total del pedido.
  • Se procederá a la aplicación de las penalizaciones y/o indemnizaciones a través de la emisión por el Proveedor/Subcontratista de un abono o factura rectificativa.
  • Cuando el retraso sea superior a 6 semanas, GES podrá anular el pedido, en cuyo caso será suficiente que GES lo comunique por escrito; este hecho no supondrá ninguna obligación ni coste para GES más allá de los incurridos hasta la fecha de rescisión-anulación del pedido. El Proveedor/Subcontratista también deberá indemnizar a GES por cualquier perjuicio o pérdida que el retraso haya podido causarle, con límite máximo del monto total del pedido.

4. La aceptación de los bienes suministrados y/o de los servicios prestados fuera de los plazos de entrega no implica, en ningún, que GES renuncie a los derechos antes mencionados. En caso de que el Proveedor/Subcontratista entregue los bienes o servicios en fecha anterior a la acordada, GES tendrá derecho, a su elección, a devolverlos al Proveedor o a almacenarlos, corriendo los gastos de la devolución, garantías, seguros y almacenamiento, según el caso, por cuenta del Proveedor/Subcontratista.

 

7. CONTROL DE CALIDAD

1. El Proveedor/Subcontratista será responsable de la calidad de los bienes y servicios que se suministren a GES.

2. GES tendrá derecho de, en cualquier momento e incluso tras la entrega, realizar las inspecciones, auditorias, tasaciones y ensayos de materiales y procesos que se muestren adecuadas para el control de la calidad de los bienes y servicios. Para las labores de inspección GES dispondrá de 15 días naturales, salvo en casos de fuerza mayor donde este plazo se podría ampliar hasta el cese del caso en cuestión. El Proveedor/Subcontratista facilitará y colaborará con GES en estas labores de inspección.

3. Si durante las acciones de inspección, GES detectase cualesquiera inconformidades con las condiciones contractuales establecidas, los gastos de las acciones en cuestión serán asumidos por el Proveedor/Subcontratista, sin perjuicio de otros derechos que puedan corresponder a GES en los términos del contrato y la legislación aplicable.

4. Del mismo modo, la mercancía o servicio rechazado por el Control de Calidad de GES o desde cualquiera de sus responsables, podrá ser devuelta al Proveedor/Subcontratista a portes debidos, quien queda obligado a sustituirla, a portes pagados, sin perjuicio de que GES, reclame la indemnización correspondiente por los perjuicios ocasionados, con el tope máximo del monto total del pedido.

5. En cualquier caso, todos los costes en que se incurran por la manipulación, fabricación, reparación y/o eliminación de los Productos y/o servicios defectuosos o no de acuerdo a lo estipulado, serán por cuenta del Proveedor/Subcontratista. Asimismo, en caso de que el Proveedor/Subcontratista no tome las medidas oportunas GES estará legitimado para contratar a un tercero que haga las veces del Proveedor/Subcontratista y repercutirle los costes a éste.

 

8. EMBALAJE

1. Los bienes a suministrar deberán estar debidamente embalados y acondicionados de forma que se preserve su estado de conservación de acuerdo con su forma habitual de almacenaje. El embalaje de la mercancía será por cuenta del Proveedor, no admitiéndose ningún cargo por este concepto, salvo acuerdo expreso en tal sentido.

 

9. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

1. Las facturas se extenderán y se enviarán a GES mensualmente, y éstas deberán ir acompañadas de sus correspondientes albaranes, debidamente firmados. En las facturas deberá constar el número de pedido de GES y el número de obra, datos que serán imprescindibles para el pago de las facturas. Los impuestos que puedan resultar del suministro o servicio como cualquier otro gravamen del Estado, Provincia, Municipio o Comunidad, serán de cuenta del Vendedor, con excepción del IVA correspondiente a aplicar.

2. Constituye motivo para la devolución de las facturas el incumplimiento de las disposiciones aplicables, la incorrección de los valores o cantidades facturadas o la disconformidad con los bienes o servicios suministrados; en caso de devolución, el inicio del plazo de pago empezará a contabilizarse desde la fecha de la recepción de las nuevas facturas debidamente corregidas.

3. Los pagos se efectuarán según las condiciones de pago indicadas en el pedido, que como regla general, se harán mediante transferencia a 60 días desde la recepción de la factura, con los días de pago 15 y 30 de cada mes; en caso de ser día inhábil, los pagos se realizarán el día hábil inmediato posterior.

4. Será requisito indispensable para la tramitación de la factura que en las mismas se identifique correctamente los siguientes datos:

  • Número del pedido (número de activación de SAP) a que hacen referencia.
  • Datos bancarios. Si se producen cambios en las cuentas bancarias, la solicitud deberá venir acompañada del correspondiente certificado de titularidad expedido por la entidad financiera beneficiaria con validez inferior a los seis meses.
  • Datos fiscales correctos tanto del emisor de la factura como del CLIENTE.
  • Se debe de enviar factura en formato Pdf no modificable vía correo electrónico a la dirección: ges_hp_invoices@services-ges.com
  • Número de recepción proporcionado por el sistema en el momento de la recepción de la certificación.

 

10. GARANTÍAS Y AVALES

1. El Proveedor/Subcontratista garantiza que los trabajos o el suministro están libres de todo tipo de vicio y/o defecto de diseño o fabricación /y que los materiales están conforme al sistema de control de calidad establecido en la especificaciones planos y demás instrucciones.

2. En caso de que no estuviera estipulado en contrato o PO el periodo de garantía será, como mínimo, de 24 meses desde la aprobación del Certificado Provisional de Aprobación.

3. El Proveedor quedará obligado a corregir, por su cuenta, todos los defectos correspondientes a los bienes y servicios objeto del pedido (Productos Defectuosos) en los plazos que GES le fije para ese efecto y en las condiciones que la misma considere satisfactorias.

4. En el caso de que el Proveedor no proceda a la corrección de defectos en los términos del número anterior, así como en casos urgentes en los que tal corrección inmediata sea necesaria para prevenir riesgos o daños mayores, GES tendrá el derecho a, con cargo al Proveedor, eliminar ella misma, u ordenar la eliminación por terceros que ella designe, los defectos detectados.

5. Tras la recepción por el Proveedor de la notificación por GES de los defectos, el periodo de garantía se suspenderá. En caso de envíos de reposición y sus subsiguientes reparaciones, el periodo  de garantía empezará de nuevo para las piezas repuestas o reparadas; viéndose extendido por ese periodo de reposición.

6. El proveedor/ Subcontratista acepta otorgar Aval bancario por el Pago Anticipado, que garantice el pago a realizar por GES con la confirmación de la PO/ firma del contrato que permanecerá en vigor hasta dos meses después de la entrega efectiva del suministro/correcta ejecución de los trabajos. Asimismo, el Proveedor/Subcontratista deberá  aportar Garantía de Empresa Matriz, que garantice  el cumplimiento íntegro de las obligaciones. Esta garantía deberá aportarse en el momento del pago anticipado/ de la primera factura por parte de GES.

7. El Proveedor/Subcontratista acepta otorgar, dentro de los 5 días  hábiles de la recepción del pedido, un Aval Bancario de Fiel Cumplimiento a favor y entera satisfacción de GES, por un importe equivalente al 20% del importe total del pedido, con el fin de garantizar cualquier incidencia en el cumplimiento del pedido y de sus fechas de entrega.

8. Asimismo, el Proveedor/Subcontratista acepta otorgar dentro de 2 días hábiles  desde la aprobación del Certificado Provisional de Aprobación un Aval de garantía a favor de GES por un importe equivalente al 10% del importe total.

9. Los avales bancarios serán emitidos por entidades de reconocido prestigio y con un rating a largo plazo mínimo de BBB+ según S&P o Fitch o Baa1 según Moody’s. En caso de rebaja de rating de la entidad avalista, el proveedor se compromete al reemplazo de los avales en un plazo de 15 días por una entidad que cumpla el rating mínimo.

 

11. PENALIZACIONES

1. A parte de las penalizaciones por retraso, reguladas en la cláusula 6.3 del presente, el incumplimiento de cualquier obligación, constituye para GES el derecho de exigir del Proveedor, un valor del 2% del precio de los bienes o servicios en causa, para cada incumplimiento comprobado.

2. Las penalizaciones aplicadas en los términos del número anterior o de otras disposiciones del Contrato se considerarán créditos netos y exigibles, quedando GES autorizada a compensar tales créditos con cualquier deuda, presente o futura, que pueda tener con el Proveedor.

3. El pago de las penalizaciones no obstaculizará el derecho de GES a exigir indemnización por los perjuicios excedentes.

 

12. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

1. Toda información confidencial revelada con motivo del pedido y/o contrato entre GES y el Proveedor/Subcontratista, deberá estar asegurada mediante un Acuerdo de Confidencialidad.

2. En el caso de que no sea preceptiva la celebración de un Acuerdo de Confidencialidad, el Proveedor/Subcontratista se compromete a salvaguardar toda la información que recibe por parte de GES, manteniendo la máxima diligencia en el tratamiento de dicha información.

3.  Tanto GES como el Proveedor, conocen y se obligan a cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, sobre protección de datos (RGPD), así como la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales  y su normativa de desarrollo.

4. Respecto a los datos personales a los que el Proveedor tenga acceso motivo de la prestación del servicio, éstos son propiedad exclusiva de GES y se entenderán facilitados de forma voluntaria por éste y sólo serán utilizados con la finalidad de prestar los servicios requeridos.

 

13. TERMINACIÓN

1. GES, podrá cancelar el pedido, total o parcialmente, previa comunicación por escrito al Proveedor/Subcontratista. Al recibo de esta comunicación, el Proveedor/Subcontratista interrumpirá todo trabajo o suministro relacionado con el pedido.

2. Los cargos de cancelación responderán a aquellos gastos, debidamente justificados, en los que haya incurrido el Proveedor/Subcontratista  hasta la fecha de cancelación no pudiendo ascender a más del 5% del valor total del Pedido.

3. Resolución parcial: en aquellos contratos donde existan más de un pedido, la resolución del contrato respecto de uno o varios servicios no supondrá necesariamente la terminación del suministro del resto de pedidos amparados por el mismo.

4. Caso fortuito o fuerza mayor: en el caso de que se produzcan circunstancias objetivas imprevisibles o, siendo previsibles, inevitables, que estén fuera del control de las partes y que impidan el cumplimento de las respectivas obligaciones, ninguna de las partes podrá ser responsabilizada del incumplimiento de tales obligaciones en los términos de la ley aplicable; se atenderá a la legislación Española y la definición otorgada de Fuerza Mayor en esta. El Proveedor/Subcontratista deberá comunicar por escrito a GES, con la mayor brevedad, y en cualquier caso, en plazo nunca superior a 5 días contados desde la fecha en la que tenga conocimiento de los mismos, la causa, el plan de mitigación, el inicio y el fin previsible de la situación de fuerza mayor. No se considerarán caso fortuito o de fuerza mayor las siguientes circunstancias:

  • Falta de mano de obra y/o materiales;
  • Retraso o incumplimiento por parte de subcontratistas;
  • Huelga, lock-out y otras medidas de resolución de conflictos laborales.

5. Cualquier incumplimiento de las obligaciones del Proveedor/Subcontratista recogidas en las presentes Condiciones Generales, serán motivo de resolución contractual. Asimismo, cualquier coste en la contratación de terceros en el que incurriera GES para paliar el daño o retraso ocasionado por el Proveedor/Subcontratista podrá ser repercutido a éste.

 

14. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE

1. Salvo acuerdo expreso en contrario, estas Condiciones Generales serán interpretadas y aplicadas de acuerdo a la Legislación Española.

2. Todos los litigios derivados del Contrato (o Pedido) se someterán a la jurisdicción del lugar de la sede de GES o a la jurisdicción del lugar de cumplimento de las obligaciones del Proveedor/Subcontratista, a elección de GES. Las partes renuncian por la presente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder y acuerdan no plantear acciones o procesos nacidas o derivadas de estas Condiciones Generales en otros tribunales.

 

15. DIVISIBILIDAD

En caso de que alguna de las condiciones o términos devenguen individualmente vacías o no validas, esto no afectara a la validez de las disposiciones restantes. En ese caso, la disposición que es no valida parcial o completamente será sustituida por una disposición similar, cuyo éxito económico sea lo más  cercano posible a la disposición no válida.

1.     Información legal

1.1.  En cumplimiento del artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE) presentamos la siguiente información:

Razón Social: GLOBAL ENERGY SERVICES SIEMSA SA (GES)

Dirección: Parque Tecnológico Bizkaia Edificio 407-48170 Zamudio– Vizcaya (España).

C.I.F.: A82509779

Teléfono: (+34) 944 712 131

E-mail: ges@services-ges.com

Datos de la inscripción en el Registro Mercantil Vizcaya Folio: 142  Tomo: 5471

2.     Protección de datos

2.1.  Completando el formulario de registro o de contacto, enviando un correo electrónico, o llamando por teléfono, sus datos personales pasarán a ser responsabilidad de la empresa cuyos datos se relacionan en el apartado 1. Información Legal.

Además, el usuario es informado de que sus datos profesionales y de contacto serán proporcionados para su tratamiento, a otras entidades pertenecientes al Grupo de GES y a sociedades participadas por cualquiera de las sociedades que conforman el Grupo de GES.

2.2.  Estos datos se utilizan para responder a su solicitud o consulta a la mayor brevedad posible y para comunicarnos comercialmente, porque usted nos los proporciona informada y libremente con esas finalidades.

Si usted nos proporciona un currículum sus datos se utilizarán para incorporarlo a presentes y futuros procesos selectivos en nuestra empresa y para comunicarnos con usted incluso por medios electrónicos en relación con su candidatura.

Para otros tratamientos o finalidades relacionados con la prestación de nuestros servicios o el desarrollo de nuestra actividad, usted puede solicitar más información en nuestra dirección de contacto.

2.3.  Los datos personales recogidos en nuestra página web son tratados cumpliendo con las exigencias del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

2.4.  Así mismo, garantizamos que los datos personales son tratados de manera lícita, leal y transparente, y son recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, manteniéndose limitados a dichos fines y actualizados si fuera necesario. No se permitirá la identificación de los interesados durante más tiempo del necesario y se garantizará su seguridad mediante las medidas técnicas y organizativas adecuadas.

2.5.  Una vez los datos no sean necesarios para los fines con los que fueron recogidos,  se conservarán a disposición de las administraciones públicas competentes durante los plazos legales de conservación, es decir mientras una ley nos pueda exigir que los presentemos. Expirados estos plazos serán suprimidos.

2.6.  Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición así como los demás derechos que le otorga la normativa de protección de datos sobre los datos de carácter personal presentando una copia de un documento identificativo en GES – Parque Tecnológico Bizkaia Edificio 407 – 48170 Zamudio – Vizcaya (España).

2.7.  Puede encontrar más información sobre sus derechos o presentar una reclamación ante la autoridad de control competente en la Agencia Española de Protección de Datos http://www.agpd.es – C/ Jorge Juan, 6. 28001 – Madrid (901 100 099 – 912 663 517).

3.     Limitación de Responsabilidades

3.1.  GES proporciona el sitio web corporativo como medio de dar a conocer sus productos y servicios, y permitir el contacto con los clientes. La información de la página web se presenta de modo meramente orientativo o divulgativo y en ningún momento será considerada vinculante. Para la contratación de los productos o servicios de la entidad se estará a lo dispuesto en presupuestos y contratos debidamente formalizados.

3.2.  La entidad no se responsabiliza sobre los posibles daños informáticos que pueda sufrir el usuario mientras visita nuestra página web entendiendo que aquellos no puedan ser imputables a la entidad.

3.3.  La entidad tampoco se responsabiliza del contenido de los sitios gestionados por terceros que se enlacen desde la página web, así mismo dichos enlaces no implicarán la existencia de algún tipo de relación por parte de GES con esos terceros.

4.     Propiedad Intelectual

4.1.  Todos los contenidos de esta página web entendiendo como tales los textos, dibujos, gráficos, fotografías, imágenes, vídeos, música, código, el propio diseño de la misma y cualquier otra creación son propiedad de GES o de sus respectivos titulares mediante la correspondiente licencia, autorización o cesión sobre los derechos y están protegidos en función de la legislación sobre la Propiedad Intelectual e Industrial.

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